2 La custodia compartida como régimen legal general y supletorio. A. Los argumentos a favor de la custodia compartida. B. El derecho comparado en torno a la custodia compartida. 3. La custodia compartida como régimen judicial especial. A. La situación española. B. La custodia compartida con oposición en el derecho chileno. 4.
Ideasclave La custodia compartida está considerada por los expertos como la opción más beneficiosa para el interés y correcto desarrollo del menor. La custodia compartida es
Custodiamonoparental. En España, la custodia exclusiva solÃa ser la más común en el pasado, pero en la actualidad la custodia compartida está ganando terreno, ya que se considera más
CAMBIODE CUSTODIA COMPARTIDA A EXCLUSIVA DE UN PROGENITOR. Sucede en la práctica que, acordada la custodia compartida de los hijos en convenio regulador por ambos progenitores o incluso por el juez en proceso contencioso, se producen en el ejercicio de la misma numerosos incidentes y desencuentros entre los
criterioses escasa, lo cual ha generado problemas en la aplicación de la custodia compartida. Además, también se contempla la importancia de tener en cuenta el interés del menor, que va a ser el principio rector en esta materia, y que la adopción del modelo de custodia compartida se debe justificar siempre en base al mismo.
Lasdos posibilidades que establece el art. 92 CC para que pueda acordarse la guarda y custodia compartida parten del requisito esencial de que medie la petición de al menos uno de los progenitores, sin la cual no podrá acordarse.. Asà lo ha establecido la Sala de lo Civil del TS en su sentencia 400/2016, de 15 de junio de 2016 (ponente señor
. 203 43 56 225 148 393 221 380 385
de custodia compartida a custodia exclusiva